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Derechos de los afiliados:

Los afiliados a la Cámara de Comercio de Honda, Guaduas y Norte del Tolima tendrán derecho a: Ley 1727 de 2014 – Artículo 15.

1. Elegir y ser elegidos miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio, bajo las condiciones y los requisitos que determinen la ley y las normas reglamentarias;
2. Dar como referencia a la Cámara de Comercio;
3. Acceder gratuitamente a las publicaciones que determine la Cámara de Comercio.
4. Obtener gratuitamente las certificaciones derivadas de su registro mercantil, sin exceder del monto de su cuota de afiliación.

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