Es Costumbre Mercantil en la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Honda, cuando un ganado es dado en compañía el precio de venta debe de acordarse por ambas partes, ya sea a ojo o por kilo en pie.
El Ganadero es responsable del Ganado cuando se vende por Kilo hasta el momento que se realice el peso del ganado en la bascula. Cuando la venta se realiza a ojo desde el momento de la misma venta, el comprador responde por el transporte y asume el riesgo del ganado.